Mercantil
Derecho societario y secretaría
¿Cuándo acudir?- Varios socios van a fundar una S.L. y quieren un pacto de socios antes de la primera discrepancia.
- Una empresa necesita redactar el acta de su junta general ordinaria y depositar las cuentas a tiempo.
- Un socio quiere vender su participación y necesita el contrato de compraventa correspondiente.
- Una sociedad limitada necesita ampliar capital para dar entrada a un nuevo inversor y quiere que la operación quede bien documentada.
- Un administrador va a cesar en su cargo y la empresa necesita formalizar el nombramiento de su sustituto.
- Dos socios fundadores quieren revisar sus estatutos para incluir una cláusula de arrastre antes de buscar un tercer inversor.
¿Quién decide qué en una sociedad, y qué queda por escrito cuando lo decide? De eso trata el derecho societario: constitución de sociedades, pactos de socios, ampliaciones y reducciones de capital, compraventa de participaciones, y las actas de juntas y consejos que documentan cada acuerdo.
Muchos de estos asuntos son puntuales —una junta anual, una ampliación de capital— y se resuelven con un calendario claro: redactar, convocar con la antelación que marcan los estatutos, celebrar la reunión y depositar lo que corresponda en el Registro Mercantil dentro de plazo.
El pacto de socios merece mención aparte: es el documento que de verdad protege a los socios minoritarios y regula qué pasa si alguien quiere vender su participación, fallece, o deja de trabajar en la empresa. Conviene tenerlo firmado antes de que surja la primera discrepancia, no después.
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